Avalúos
Según la Ley 1673 de 2013, el avaluador es una persona que posee la formación técnica, debidamente reconocida, para llevar a cabo la valuación de tipo de bienes: casa, oficina, apartamento, bodega, lote, vehículos, étc. De igual manera, debe cumplir debidamente con los requisitos establecidos en dicha ley y sus decretos reglamentarios.
Requisitos:
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Fotocopia Cédula del propietario (s)
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Fotocopia Escritura del inmueble a avaluar
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Fotocopia Escritura Reglamento Propiedad Horizontal (si aplica)
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Fotocopia Factura Impuesto predial
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Fotocopia Certificado de Tradición y Libertad y/o Matricula Inmobiliaria
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Fotocopia planos de la propiedad (opcional)
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Fotocopia levantamiento topográfico (en caso de lotes/opcional)
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Fotocopia ficha predial
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Carta firmada – solicitud avalúo – formato modelo.
Somos “Avaluadores” profesionales, certificados y reconocidos por la ANAV, conforme lo dispuesto en la Ley 1673 de 2013. Reglamentada por el Decreto Nacional 556 de 2014. Actuamos como avaluadores, valuadores, tasadores y demás términos que se asimilen a éstos utilizados en Colombia, regidos exclusivamente por esta ley y aquellas normas que la desarrollen o la complementen.
A la hora de efectuar una transacción inmobiliaria, realizar un avalúo es uno de los procesos de gran relevancia, dado que a partir de éste se obtiene el valor comercial real del inmueble, con el cual el vendedor puede estimar su propiedad en el mercado y el comprador puede entrar a negociar el precio.
Un avalúo es un proceso o dictamen técnico que, con una completa y profesional investigación, permite determinar el valor de un bien mueble o inmueble, teniendo en cuenta aspectos como: estado de conservación, características físicas y estructurales, entorno, ubicación, uso de suelos, entre otros, según la metodología a implementar de acuerdo con la Resolución 620 de 2008.
Como avaluadores o peritos inmobiliarios debemos hacer una inspección ocular – presencial al inmueble, para posteriormente emitir el informe del avalúo, según la metodología aplicada.